Reforma laboral ·
Disposiciones de la STPS para el registro electrónico de jornada: qué se sabe y cómo prepararte antes del 1 de enero de 2027
Qué se sabe al 4 de noviembre de 2026 de las disposiciones de la STPS para el registro electrónico de jornada, qué deben definir, qué ya es seguro y un plan de 8 semanas para llegar listo al 1 de enero de 2027.
Estado al 4 de noviembre de 2026
- Las disposiciones de carácter general de la STPS todavía no se publican en el Diario Oficial de la Federación.
- La obligación de registrar electrónicamente la jornada y la multa por no hacerlo son exigibles a partir del 1 de enero de 2027, con o sin lineamientos técnicos detallados.
- Lo que la ley ya fija no cambia: registro electrónico, por persona, con hora de inicio y de término, y entregable a la autoridad.
- Esta guía se actualiza en cuanto la STPS publique. Última verificación: 4 de noviembre de 2026.
La reforma de la Ley Federal del Trabajo publicada el 1 de mayo de 2026 agregó al artículo 132 la fracción XXXIV: la persona empleadora debe registrar de manera electrónica la jornada de cada persona trabajadora, con su horario de inicio y de término, y proporcionar ese registro a la autoridad cuando lo requiera. El quinto transitorio encarga a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) expedir disposiciones de carácter general que definan el ámbito de aplicación y las excepciones, y fija su entrada en vigor el 1 de enero de 2027.
Desde entonces muchas empresas esperan "las reglas" para decidir qué hacer. Esta guía separa tres cosas: lo que la STPS todavía no ha dicho, lo que la ley ya ordena sin esperar a nadie y lo que conviene hacer en las semanas que quedan de 2026.
Qué ha dicho la STPS hasta ahora
En declaraciones públicas de finales de septiembre de 2026, el secretario del Trabajo, Marath Bolaños, explicó que el registro electrónico busca fortalecer la inspección laboral y verificar que se respete la jornada máxima de cada etapa de la reforma (48 horas en 2026, 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030). No describió una tecnología, una plataforma oficial ni un formato de entrega.
Al 3 de noviembre de 2026 la prensa especializada seguía reportando que la STPS no ha publicado las reglas de aplicación, y que la incertidumbre se concentra en el teletrabajo, el trabajo en plataformas digitales, el personal sin horario fijo y las posibles excepciones.
Qué deben definir las disposiciones
La propia ley dice qué contendrán como mínimo. Lo demás es una expectativa razonable, no una certeza, y lo marcamos así.
| Tema | Qué sabemos |
|---|---|
| Ámbito de aplicación | Lo manda el quinto transitorio. Dirá a qué empresas y a qué personas trabajadoras aplica el registro. |
| Excepciones | Lo manda el quinto transitorio. Es el punto que más esperan las micro y pequeñas empresas, el trabajo en campo y el teletrabajo. |
| Formato y forma de entrega a la autoridad | Expectativa. La ley solo dice que el registro se proporciona "cuando lo requiera" la autoridad; es probable que las disposiciones fijen cómo (archivo, plataforma o inspección en sitio). |
| Plazo de conservación | Expectativa. Mientras no haya regla específica, aplica la obligación general del artículo 804 de la LFT sobre los controles de asistencia (ver preguntas frecuentes). |
| Tecnología obligatoria | Nada indica que vaya a exigirse huella, rostro o un aparato en particular. La ley habla de "registro electrónico" sin más. |
Lo que ya es seguro sin esperar a la STPS
- Tiene que ser electrónico. La lista en papel y la firma en una hoja dejan de servir como registro de jornada.
- Por persona y por día, con hora de inicio y hora de término. No basta "cumplió su turno".
- Entregable. Debes poder dar el registro a la autoridad cuando lo pida. Si vive en el celular de un supervisor o en un correo perdido, no es entregable.
- Con valor probatorio. El registro puede hacer prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la empresa: conviene dejar por escrito ese acuerdo en el contrato o en el reglamento interior de trabajo.
- Con multa. No llevarlo se sanciona con 250 a 5,000 UMA por el artículo 994, fracción IV Bis. Mira cuánto es en pesos.
Plan de 8 semanas para llegar listo al 1 de enero de 2027
- Semanas 1 y 2 (noviembre): inventario. Lista cada centro de trabajo, cada puesto y cómo se registra hoy la asistencia (papel, reloj checador, Excel, nada). Identifica al personal en campo, en sitios de clientes y en remoto, que es donde suele fallar el registro.
- Semanas 3 y 4: elige el sistema y arranca un piloto. Lo mínimo que debe cumplir: registro por persona, hora de inicio y de término, fecha y hora que no se puedan editar a mano, historial consultable y exportable. Pruébalo con un sitio o un turno.
- Semanas 5 y 6 (diciembre): acuerdo por escrito y capacitación. Agrega el registro electrónico al reglamento interior de trabajo o a un anexo del contrato, y entrega un aviso de privacidad si el sistema usa ubicación o foto. Capacita a supervisores primero y después al personal.
- Semanas 7 y 8: todo el personal y un responsable. Extiende el registro a toda la plantilla, nombra a quién resguarda y entrega los registros, y guarda un respaldo mensual.
- Enero de 2027: contrasta con las disposiciones. Cuando la STPS publique, revisa ámbito, excepciones, formato de entrega y conservación contra lo que ya tienes. Si empezaste antes, el ajuste será pequeño.
El checklist de cumplimiento de la reforma tiene estos pasos en detalle, y la calculadora de jornada te dice cuántas horas tendrás que reducir o cubrir en cada etapa.
Preguntas frecuentes
¿Ya se publicaron las disposiciones de la STPS?
No. Al 4 de noviembre de 2026 no se han publicado en el Diario Oficial de la Federación. La ley fija su entrada en vigor el 1 de enero de 2027. Esta página se actualiza en cuanto salgan.
¿Puedo esperar a que se publiquen para empezar?
Puedes, pero el 1 de enero de 2027 la obligación de registrar y la multa ya son exigibles, y poner en marcha un sistema, capacitar y acordar por escrito toma varias semanas. Lo que la ley ya exige (electrónico, por persona, inicio y fin, entregable) no va a cambiar con las disposiciones.
¿Sirve una hoja de Excel o una lista en papel?
El papel no es un registro electrónico. Una hoja de cálculo sí es electrónica, pero cualquiera puede editarla sin dejar rastro, así que es difícil demostrar quién registró, cuándo y que la persona trabajadora estuvo de acuerdo. Hoy la ley no la prohíbe, pero es el formato más débil frente a una inspección o un juicio por horas extra.
¿Es obligatorio un reloj checador con huella o reconocimiento facial?
No. La fracción XXXIV habla de "registro electrónico" sin fijar tecnología. Un registro desde el celular, una aplicación web o un código QR cumplen igual, siempre que guarden la hora de inicio y de término de cada persona y se puedan entregar.
¿Qué pasa con el teletrabajo, el personal en campo o quien no tiene horario fijo?
Es justo lo que las disposiciones deben aclarar al definir el ámbito y las excepciones. Mientras tanto, la obligación general aplica igual: registra el inicio y el fin de la jornada de cada persona. Para personal en campo lo práctico es que registre desde su propio celular en el sitio donde trabaja.
¿Cuánto tiempo hay que conservar los registros?
La fracción XXXIV no lo dice y es probable que las disposiciones lo definan. Mientras tanto aplica el artículo 804 de la LFT, que ya obliga a conservar los controles de asistencia del último año y hasta un año después de que termine la relación laboral. Guardar más tiempo no te perjudica.
¿Cuál es la multa por no llevar el registro?
De 250 a 5,000 UMA por el artículo 994, fracción IV Bis, exigible a partir del 1 de enero de 2027. En la guía de multas está el cálculo en pesos.
Cómo ayuda PPanel
PPanel ya cubre lo que la ley exige desde hoy: cada persona registra entrada y salida desde su celular, con fecha y hora del servidor, ubicación y foto, también sin internet en ese momento; el historial queda consultable y se exporta para entregarlo a la autoridad. Cuando la STPS publique sus disposiciones, revisaremos punto por punto y avisaremos a nuestros clientes qué ajustes hacen falta, si alguno. Solicita una demo o prueba PPanel 15 días gratis.
Fuentes
- Decreto por el que se reforma la Ley Federal del Trabajo, DOF 1 de mayo de 2026 (art. 132, fracc. XXXIV; art. 994, fracc. IV Bis; quinto transitorio)
- Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), sitio oficial
- SDP Noticias, "STPS explica cómo funcionará el registro electrónico para la jornada de 40 horas", 28 de septiembre de 2026
- Publimetro, "Checador obligatorio en el trabajo para 2027: STPS aún no explica cómo cumplir la nueva regla", 3 de noviembre de 2026
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Contenido informativo elaborado a partir del texto publicado en el DOF y de fuentes periodísticas citadas. No constituye asesoría legal. PPanel es una herramienta de registro: contratarla no exime a la empresa de sus obligaciones, y el cumplimiento de la ley es responsabilidad de cada persona empleadora. Consulta a tu abogado laboral para tu caso. Última revisión: 4 de noviembre de 2026. Las disposiciones generales de la STPS no se habían publicado a esa fecha.